Obligación de presentación de libros en las Fundaciones de ámbito estatal

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Las Fundaciones de ámbito estatal están obligadas a, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre de cada ejercicio, legalizar ante el Registro Estatal de Fundaciones los siguientes documentos:

  • Libro de actas
  • Libro diario
  • Libro de inventario y cuentas anuales
  • Libro de Planes de actuación

El pasado día 14 de marzo, se publicó en el BOE la Orden JUS/221/2017, de 9 de marzo, sobre legalización en formato electrónico de los libros de fundaciones de competencia estatal, siendo la fecha de entrada en vigor el 15 de marzo de 2017. El objetivo principal de dicha normativa es agilizar el procedimiento de legalización de libros, mediante el sistema de presentación telemática.

El sistema de legalización electrónica será exigible a los libros correspondientes al ejercicio 2017 y siguientes.

Las solicitudes de legalizaciones de libros correspondientes al ejercicio 2016 que se presenten a partir de la entrada en vigor de la mencionada orden, podrán realizarse tanto en papel como electrónicamente.

Las Fundaciones que, no hubieran legalizado sus libros en los ejercicios correspondientes con posterioridad a su constitución, y así resulte de los archivos del Registro, podrán incluir en el primer Libro presentado, todas las actas, planes de actuación, operaciones y cuentas anuales, de la Fundación desde la fecha de su constitución, debiendo asimismo, en dichos casos incluir una acta de la reunión del Patronato en la que se ratifiquen las actas, planes de actuación cuentas y operaciones no transcritas en su día y que integren los libros cuya legalización se solicita. En dicho caso advertir, que el valor probatorio de los Libros será apreciado, en su caso, por los Tribunales.

Las firmas de quienes autorizan la presentación de los libros para su legalización, así como la relación de firmas generadas e incorporadas a los libros, deberán reunir los requisitos establecidos en la legislación vigente en materia de firma electrónica avanzada, basada en certificados electrónicos cualificados, emitidos por Prestadores de Servicios de Confianza Cualificados.

 

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