La Ley 2/2023 sobre Protección a Denunciantes de Irregularidades y Lucha contra la Corrupción fue publicada en el BOE el 21 de febrero de 2023, incorporando la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de octubre de 2019, conocida como Directiva Whistleblowing.
Esta legislación busca brindar protección adecuada a quienes denuncien acciones u omisiones que puedan constituir infracciones contempladas en la ley (infracciones del derecho de la Unión Europea, infracciones penales o administrativas graves o muy graves, entre otras).
Para lograrlo, la ley exige a ciertos sujetos contar con un sistema interno de información (canal de denuncias) y un sistema de gestión y protección de los denunciantes, evitando represalias en su contra.
1.- Sujetos obligados
Los obligados a tener un sistema interno de información incluyen, entre otros, a las personas jurídicas del sector privado con 50 o más empleados, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas por estos, siempre que manejen fondos públicos.
2.- Plazos de aplicación
El plazo máximo para establecer sistemas internos de información es de tres meses desde la entrada en vigor de la ley, que se produce a los veinte días de su publicación en el BOE, eso es, hasta el 12 de junio de 2023. Para entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como para aquellas que se encuentren en municipios de menos de 10.000 habitantes, el plazo se extiende hasta el 1 de diciembre de 2023.
3.- Personas protegidas
La ley protege, entre otros, a denunciantes del sector privado que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional. Esto incluye información obtenida durante relaciones laborales finalizadas y procesos de selección o negociación precontractual. También se protege a los representantes legales de los trabajadores en el ejercicio de funciones de asesoramiento y apoyo al denunciante.
4.- Prohibición de represalias
Se prohíben actos de represalia contra personas que presenten denuncias conforme a lo establecido en la ley. Ejemplos de represalias incluyen: suspensión del contrato, despido o extinción de la relación laboral, medidas disciplinarias, degradación o denegación de ascensos, modificación sustancial de condiciones de trabajo y no conversión de contratos temporales en indefinidos cuando el trabajador tenga expectativas legítimas de ello, entre otros.
5.-Sanciones
La ley establece un sistema de infracciones y sanciones, considerando muy grave no disponer de un sistema interno de información. Las sanciones para personas jurídicas por incumplir esta obligación pueden oscilar entre 600.001 y 1.000.000 euros.
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