Reducción de los plazos de pago a 60 días en operaciones comerciales entre empresas y 30 días con la Administración.

 

El próximo 1 de enero de 2013, entrarán en vigor los nuevos plazos de pago entre empresas y de empresas con la Administración, reduciéndose a un periodo máximo de 60 y 30 días respectivamente, desde la fecha de entrega de las mercancías o de la prestación del servicio. Cabe destacar que serán nulos los pactos entre las partes para ampliar los plazos de pago.

Esta medida fue aprobada y regulada en la ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Esta Ley tiene por objeto combatir la morosidad en el pago de deudas dinerarias y el abuso, en perjuicio del acreedor, en la fijación de los plazos de pago en las operaciones comerciales que den lugar a la entrega de bienes o a la prestación de servicios realizadas entre empresas o entre empresas y la Administración.

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