Facturación más Europea

El nuevo reglamento de facturación principalmente unifica el sistema de facturación con el de la Unión Europea, regulado en la Directiva 2010/45/UE.

Se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa y ordinaria, y la factura simplificada, que viene a sustituir los denominados “tiques”.

Las facturas simplificadas tienen un contenido más reducido y podrán expedirse en los siguientes casos:

a)    Su importe no exceda de 400 € (IVA incluido)

b)    Se trate de facturas rectificativas

c)    Su importe no exceda de 3.000 € (IVA incluido), y se trate de aquellos empresarios y profesionales que normalmente podían emitir tiques.

Algunos ejemplos: ventas al por menor; ventas o servicios a domicilio; servicios de hostelería y restauración; salas de baile y discotecas; utilización de instalaciones deportivas; peluquerías; transportes de personas; aparcamiento y estacionamiento de vehículos; utilización de autopistas de peaje.

Por otra parte, se impulsa la factura electrónica, que recibe la misma consideración que la factura papel, con el objetivo de reducir costes y hacer más competitivas a las empresas. Se simplifican las condiciones para podrá garantizar la autenticidad, integridad y legibilidad de las facturas electrónicas expedidas o conservadas.

Este nuevo reglamento fue aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

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