Medidas contra la morosidad

Paying The Bills

 

Un buen medio para combatir la crisis: cobrar en el plazo previsto. Y nos lo facilitan algunas modificaciones que el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, ha hecho en  la Ley de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (Ley 3/2004, de 29 de diciembre).

1. PLAZO DE PAGO MÁS CORTO.

Se reducen los plazos de pago a 30 días naturales desde la fecha de recepción de las mercancías o de la prestación del servicio (anteriormente era de 60 días). Este plazo se podrá ampliar mediante acuerdo entre las partes, pero con un máximo de 60 días naturales.

En el caso de pactarse un calendario de pago para abonos a plazos, cuando alguno de dichos plazos no se abone en la fecha prevista, los intereses y la compensación se calcularán sobre la base de la cantidad o cantidades vencidas.

2. INTERÉS DE DEMORA MÁS ALTO: + 8%.

El interés de demora será el pactado en el contrato, pero en su defecto, será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más 8 puntos porcentuales (anteriormente eran 7).

3. INDEMNIZACIÓN 40€ + costes de cobro.

– Se establece una indemnización fija de 40€ siempre que el deudor incurra en mora, sin necesidad de petición expresa.

– Además, el acreedor tendrá derecho a la indemnización por todos los costes que estén debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora del deudor, y que sobrepasen esos 40€.

4. CLÁUSULAS Y PRÁCTICAS ABUSIVAS: son impugnables.

– Se presumirán abusivas las cláusulas que excluyan la indemnización por costes de cobro (apartado 3).

– La práctica repetida de plazos abusivos tendrá la consideración de abusiva y será impugnable.

Para determinar si una cláusula o práctica abusiva, se tendrá en cuenta la naturaleza del bien o servicio o si supone una desviación grave de las buenas prácticas comerciales contraria a la buena fe y actuación leal.

Las modificaciones introducidas por este Real Decreto Ley 4/2013 entraron en vigor el 24 de febrero de 2013.

 

 

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