Actualidad: Reforma Fiscal, novedades significativas

Impuestos

Queremos informarles que desde el pasado 1 de enero de 2015, han entrado en vigor los cambios previstos en la conocida Reforma Fiscal. Los textos que contenían tales medidas fueron publicados por el Gobierno el pasado mes de junio y tras su paso por información pública y tramitación parlamentaria, fueron definitivamente publicados en el Boletín Oficial del Estado, el pasado 28 de noviembre de 2014.

La Reforma incide en cuestiones importantes de los diferentes tributos, afectando principalmente al Impuesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aunque también existen algunos cambios significativos en relación a otros impuestos.

A continuación, de forma resumida, le exponemos las novedades más significativas que vale la pena destacar en relación a algunos de los diferentes impuestos afectados:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 26/2014)

  • Incorporación de un nuevo régimen fiscal aplicable a las ganancias patrimoniales que se ocasionan como consecuencia del cambio de  residencia al extranjero (Exit Tax).
  • Modificación del régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
  • Eliminación de la aplicación de los coeficientes de actualización y modificación del régimen de los coeficientes de reducción o abatimiento aplicables a las transmisiones de elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas que hayan sido adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre de 1994.
  • Modificación de la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador.
  • Redefinición del tratamiento fiscal de las retribuciones recibidas por socios de sociedades profesionales.
  • Incorporación de nuevas deducciones de apoyo a la familia.
  • Modificación del régimen de transparencia fiscal internacional.
  • Disminución de los tipos de gravamen y retención.

Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014)

  • Inclusión de las sociedades civiles con objeto mercantil como sujetos pasivos del impuesto a partir de 2016.
  • Reducción de los tipos de gravamen hasta el 25%.
  • Definición de nuevas reglas para la compensación de créditos fiscales.
  • Incorporación de determinadas modificaciones en la regulación de la limitación a la deducibilidad fiscal de los gastos financieros.
  • Introducción de importantes novedades en la valoración de los diferentes elementos patrimoniales que determinan la base imponible del impuesto, fundamentalmente en materia de amortizaciones y pérdidas por deterioros.
  • Concreción del tratamiento fiscal de las retribuciones percibidas por la condición de administrador de la sociedad.
  • Incorporación de determinadas novedades en el régimen fiscal aplicable a las operaciones vinculadas.
  • Establecimiento de un nuevo régimen de exención en la transmisión de participaciones y obtención de dividendos procedentes de entidades residentes y no residentes en territorio español.
  • Modificación en el régimen de deducciones.
  • Incorporación de novedades con respecto al régimen fiscal especial aplicable a las operaciones de reestructuración.

Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley 28/2014)

  • Establecimiento de nuevas reglas de localización de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión, y de las prestaciones de servicios efectuadas por vía electrónica.
  • Incremento de los tipos impositivos de productos sanitarios.
  • Modificaciones en el ámbito de las exenciones inmobiliarias.
  • Ampliación de plazos para la modificación de la base imponible.
  • Ampliación de los supuestos en que se aplica la regla de “inversión del sujeto pasivo”.
  • Reducción de los límites que permiten al contribuyente optar por el régimen simplificado.
  • Establecimiento de nuevos tipos de infracción y sanciones.

Éstos son solamente algunos de los aspectos más significativos que se han tratado por las diferentes leyes aprobadas, sin embargo, el conjunto de medidas aprobadas contienen múltiples cambios que afectan a los diversos elementos tributarios de los distintos impuestos.

Estamos a su plena disposición para asesorarles convenientemente si desea que analicemos cuál es el impacto que pueden conllevar las nuevas normas en vigor, en su caso, en concreto o para comentar cualquier otra cuestión que considere oportuna.

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