Medidas de apoyo a los emprendedores

El pasado día 23 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y la creación de empleo.

Así, con efectos desde el 1 de enero de 2013 se establecen las siguientes modificaciones:

1. Impuesto sobre Sociedades

Las entidades constituidas a partir del 1 de enero de 2013 que realicen actividades económicas tributarán al tipo del 15% por los primeros 300.000 € de base imponible y al tipo del 20% para el resto de la base, en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente.

No se entenderá iniciada una actividad cuando ésta ya hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas a la entidad de nueva creación; o cuando hubiera sido ejercida durante el año anterior a la constitución por una persona física que ostente una participación en el capital de la entidad de nueva creación superior al 50%.

2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

a) Se establece una reducción del 20% del rendimiento neto del IRPF para los trabajadores autónomos que tributan con arreglo al método de estimación directa, que inicien una actividad económica a partir del 1 de enero de 2013, en el primer periodo impositivo en que el rendimiento neto sea positivo y en el siguiente. La cuantía de los rendimientos netos sobre los que se aplicará la reducción no podrá superar los 100.000 € anuales.

b) Exención en las prestaciones por desempleo bajo la forma de pago único. Estarán exentas de tributación en el impuesto sobre la renta cuando se perciban en la modalidad de pago único sin límite de cuantía, siempre que se destinen a la creación de sociedades laborales, cooperativas de trabajo asociado o al desarrollo de una actividad como trabajador autónomo.

Esta exención está condicionada a su mantenimiento durante 5 años.

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